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Por un transporte público libre de acoso y violencia para las mujeres: H. Congreso de Oaxaca

 

>>Se reforma la Ley de Movilidad en el estado

 

CONGRESO DEL ESTADO DE OAXACA
Oaxaca de Juárez
21 de marzo del 2023

 

Por iniciativa de la diputada Eva Diego Cruz y el legislador Samuel Gurrión Matías, el Pleno Parlamentario de la 65 Legislatura, aprobó el proyecto de decreto por el cual se reforma el artículo 6 de la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca, a fin de garantizar el uso de transporte público libre de violencia de género.

“La iniciativa tiene como objetivo incluir en dicha ley la protección de la mujer en el transporte público y así poder tomar acciones concretas que permitan combatir este mal que nos aqueja como sociedad, garantizando el acceso de las mujeres a un transporte de calidad y seguro”, externaron los congresistas.

Con la reforma que adiciona la fracción XIII del artículo 6, se establece que la planeación de la movilidad y de la seguridad vial en el Estado, deberá promover el acceso de las mujeres a un transporte de calidad y seguro, fomentando acciones para eliminar la violencia basada en género y acoso sexual.

Por ello, se pide implementar unidades exclusivas para mujeres que cuenten con un elemento de la policía, brindar capacitación a operadores y autoridades sobre violencia de género, así como llevar a cabo acciones en caso de presentarse una situación de riesgo.

Un importante número de mujeres que usan este tipo de transporte han sufrido episodios de violencia que las dañan y laceran al grado de impedir un sano desarrollo de sus actividades diarias, estos actos van desde agresiones verbales, contacto físico forzado hasta la persecución.

De acuerdo con cifras de la ONU Mujeres, en México, 81 por ciento han sido agredidas con frases ofensivas o de carácter sexual, al 66 por ciento se le han recargado con el cuerpo con intenciones sexuales, a 50 por ciento las tocaron sin su consentimiento, mientras que al 26 por ciento un hombre le mostró los genitales.

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.

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