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A partir del 2 de diciembre, familiares de personas fallecidas por COVID-19 contarán con apoyo para gastos funerarios

>> El programa aplica para familiares de quienes perdieron la vida desde el 18 de marzo de 2020.

Secretaría de Salud
Ciudad de México
25 de noviembre de 2020

El gobierno de México se solidariza con las familias que han sufrido la pérdida irreparable de un ser querido debido a la emergencia sanitaria por COVID-19 que las llevó a enfrentar gastos inesperados. A partir del próximo 2 de diciembre tendrán acceso al Programa de Apoyo para Gastos Funerarios, que es solidario, universal y directo, anunció la directora general del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), María del Rocío García Pérez.

Durante la conferencia de prensa encabezada por el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López Gatell-Ramírez, la directora general del SNDIF detalló que el trámite voluntario será a través de una plataforma digital para familiares de personas fallecidas por COVID-19. El apoyo será por 11 mil 460 pesos, sin importar condición social o económica y sin intermediación de persona alguna para la entrega del recurso.

El programa aplica para familiares de personas que fallecieron desde el 18 de marzo de 2020, cuando ocurrió el primer deceso por COVID-19, hasta el momento que ocurra la declaración oficial del fin de la emergencia sanitaria. Las y los beneficiarios tendrán un plazo de un año para hacer el trámite y se otorgará un apoyo por cada persona fallecida, puntualizó.

El SNDIF es la instancia encargada de entregar los apoyos, debido a que la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social le otorgan la facultad para ejecutar los programas de asistencia social, en tanto que el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 30 de marzo de 2020 le permite utilizar los recursos de asistencia social para atender las necesidades derivadas de COVID-19, dio a conocer la funcionaria.

Esta iniciativa es resultado de la coordinación de distintas dependencias del gobierno de México, como las secretarías de Salud, Defensa Nacional y Marina, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), Petróleos Mexicanos (Pemex) y Registro Nacional de Población (Renapo).

Las y los beneficiarios serán familiares directos de quien falleció: esposa, esposo, pareja, hija, hijo, padre o madre. Una vez recibida la solicitud, se tendrá un tiempo de espera de una semana; si otro familiar solicita el apoyo se dirimirá la controversia.

García Pérez detalló que la plataforma https://deudoscovid.gob.mx estará disponible a partir del 2 de diciembre. Se requiere contar con acta de defunción que indique la causa COVID-19 y documentos oficiales que acrediten el parentesco.

En la plataforma electrónica la o el solicitante deberá registrar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y el acta de defunción, datos de la o el solicitante, y documentos que acrediten el parentesco. Posteriormente, deberá declarar bajo protesta de decir verdad sobre el uso del recurso para la recuperación de la economía familiar, concluyó la directora general del SNDIF.

Acerca de la apertura de estadios deportivos, el subsecretario Hugo López-Gatell dijo que una de las recomendaciones del semáforo COVID-19 es que los estadios deportivos abran cuando las entidades federativas estén en amarillo. “Respetamos la competencia de las autoridades sanitarias locales y respaldamos sus decisiones, las cuales toman con las previsiones necesarias”, comentó.

Sobre la comercialización de insumos para la salud, el subsecretario Hugo López-Gatell dijo que en México este esquema había estado muy viciado y desfavorable para el interés público, porque en la medida en que había un mercado muy concentrado en pocos proveedores, el resto de las empresas privadas no podían canalizar sus ofertas a los consumidores principales que son las instituciones.

Esta situación ha puesto en desventaja a las dependencias públicas porque se han tenido que pagar sobreprecios de productos farmacéuticos con condicionamiento de contratos que generalmente eran calculados para tener limitaciones en proveeduría, seguidos de contratos de emergencia a sobreprecio.

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