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Se publica Acuerdo para prohibir la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso

 

>>A través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece el mecanismo para restringir el ingreso a territorio nacional de mercancías elaboradas total o parcialmente con trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso.

 

Secretaría de Economía
Cuidad de México
18 de febrero del 2023

 

A través de este Acuerdo, México refuerza su lucha por la erradicación del trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro. Con ello, nuestro país honra el compromiso que asumió en el T-MEC (Artículo 23.6), y a su vez, se coloca a la vanguardia de naciones que han adoptado un nuevo paradigma en el comercio exterior basado en derechos humanos y en el respeto a la dignidad de las personas, intercediendo principalmente por los sectores históricamente desfavorecidos.

Gracias al esfuerzo coordinado de los tres socios comerciales, América del Norte se consolida como una de las regiones que han fijado estándares más altos para restringir el arribo de mercancías producidas con trabajo forzoso.

La STPS recibirá, analizará y atenderá las solicitudes de revisión de mercancías que presuntamente fueron producidas con trabajo forzoso, y, de verificarse, podrá restringirse su importación, siempre en plena observancia del debido proceso. Este Acuerdo entrará en vigor a los 90 días naturales siguientes a la fecha de su publicación.

El trabajo forzoso, definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como una forma de esclavitud moderna, es una realidad inaceptable y dolorosa, por lo que el papel de nuestro país en su erradicación no solo responde a un compromiso internacional, sino también a un deber ético.

De esta manera, el Gobierno de México reafirma su compromiso por dignificar el trabajo dentro y fuera del país, contribuyendo a la erradicación del trabajo forzoso en las cadenas globales de suministro.

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