>> Aprobó el acuerdo IEEPCO-CG-109/2021 sobre la creación del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares “COTAPREP” y la designación de sus integrantes para el Proceso Electoral Ordinario 2021-2022
Enlace de la Costa
Oaxaca de Juárez
18 de Noviembre de 2021
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en sesión extraordinaria, aprobó el acuerdo IEEPCO-CG-109/2021 sobre la creación del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares “COTAPREP” y la designación de sus integrantes para el Proceso Electoral Ordinario 2021-2022
Asimismo, el acuerdo IEEPCO-CG-110/2021 por el que se aprueba el Modelo de Distribución conforme al cual se elaborarán las pautas para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de los partidos políticos y en su caso, candidaturas independientes, para el periodo de precampañas, intercampañas y campañas.
El COTAPREP estará integrado por Amalia Pulido Gómez, Rosa María Camargo Carter, José Carlos Barbosa García y la titularidad de la Unidad de Servicios de Informática y Documentación, en su carácter de secretaría técnica, quienes acompañaran los trabajos del PREP.
Se trata de un organismo que, además de ser el encargado de brindar asesoría en las materias antes referidas, busca mejorar la implementación de los programas mediante el desarrollo de análisis y propuestas, con base en sus respectivas experiencias y áreas de conocimiento.
Las personas integrantes del Comité en su conjunto demuestran experiencia en tecnologías de la información y comunicaciones, investigación de operaciones, análisis de política pública, análisis de estadístico y metodologías para bases de datos, investigación por encuestas, materia electoral, así́ como ciencia política, ponderando la experiencia de cada integrante, garantizando un órgano plural, eficiente y profesional comprometido con el cumplimiento de sus funciones y atribuciones.
En lo que respecta a las pautas para la transmisión de spots, recalcar que dicha distribución se establece conforme al siguiente criterio: 30 % del total en forma igualitaria, y el 70 % restante en proporción al porcentaje de votos obtenido por cada partido político en la elección federal o local de diputados/as de mayoría relativa, según sea el caso, inmediata anterior, asimismo, se establece que las candidatas y los candidatos independientes podrán tener acceso a los tiempos de radio y televisión.