>> La dependencia impulsa capacitación de impartidores de justicia en perspectiva de género
Enlace de la Costa
Oaxaca de Juárez
25 de junio de 2021
A fin de visibilizar la violencia económica contra mujeres que maternan solas, y sus hijas e hijos, se llevó a cabo la conferencia virtual “Rompiendo esquemas: Perspectiva Jurídica de la Pensión Alimenticia desde un Enfoque de Género y Derechos”, impartida por la Jueza y especialista en Derecho Internacional de Género, Romina Sánchez Torassa.
Tras dar la bienvenida a la abogada argentina, la titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca, Ana Vásquez Colmenares, señaló que es una realidad injusta que muchas mujeres tienen que atravesar procesos legales que tardan años en resolverse, mientras se hacen cargo ellas solas del sustento de hijas e hijos y de la crianza, educación y cuidado como consecuencia de un orden patriarcal, donde tolera ausencia del padre porque supuestamente el ser proveedor económico lo compensa, señaló la funcionaria.
“En realidad, muchos hombres no cumplen con esta función antes y después de separarse pues se alejan de toda responsabilidad e incumplen con su obligación de dar pensión”, agregó Ana Vásquez.
Desde una perspectiva jurídica, la pensión alimenticia es más que una medida asistencialista, se trata de un derecho creado para garantizar la integridad de personas dependientes económicas y por ello es la ley, quien debe determinar sobre quién recae el deber legal de satisfacer necesidades y sobre quién el derecho a recibir.
De acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México el padre está ausente en cuatro de cada 10 hogares. En 11.4 millones de familias mexicanas hace falta la figura paterna. El 53% de la población mexicana considera que su padre estuvo ausente en su niñez por motivos laborales. El 67.5% de las mujeres autónomas no reciben pensión alimenticia y dependen únicamente de su ingreso.
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en Oaxaca en 2019 se presentaron sólo 65 denuncias por incumplimiento de pensión alimenticia, ante la falta de mecanismos para hacerlo, pues resultan complicados, tardados y costosos.
De 2018 a 2019 en la entidad se presentaron 60 quejas por pensión alimenticia contra jueces de lo familiar, por abstenerse en acordar el auto de inicio de la demanda ante la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
Sólo dos de cada 10 mujeres logran una pensión en la entidad oaxaqueña, cinco no hacen efectiva la demanda y tres desisten en el camino.
Este panorama evidencia una violencia institucional de la que no siempre somos conscientes, por ello cobra relevancia concienciar y capacitar a impartidores de justicia en perspectiva de género con carácter progresivo y garantista y, continuar promoviendo los derechos humanos de las mujeres, para que denuncien las anomalías en sus procesos y hagan efectivos sus derechos y los de sus hijas e hijos.
Por su parte, la ponente se pronunció por la reconfiguración jurídica de los sujetos y argumentó por qué todas y todos en el sistema jurídico tienen la obligación de aplicar la perspectiva de género además de visibilizar estándares jurídicos no discriminatorios. Así también describió en qué consiste la perspectiva de infancia y alimentos, considerando el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de la Niñez.
Sánchez Torassa describió entre otras cosas, los medios que usan las y los jueces en Argentina, para el cumplimiento de la obligación alimentaria como el embargo, retención de salarios; el registro de deudores alimentarios, la prohibición de ingreso a espectáculos públicos; la retención y suspensión de licencia de conducir; la suspensión de matrículas profesionales y de líneas telefónicas celulares.
Tras responder diversos cuestionamientos del público aconsejo que “cuando miremos, veamos con las lentes de género si detrás hay un estereotipo”, en lo que coincidió la subsecretaria de Prevención de la Violencia de género de la SMO, Edna Liliana Sánchez Cortés: “identificar si hay una desigualdad o que se aplican criterios diferenciados y criterios jurídicos menos exigentes para los hombres”.
Para ver la conferencia completa pueden entrar al siguiente link: https://fb.watch/6kDNi8DSjN/